jueves, 14 de octubre de 2010

De cómo los mineros chilenos rescataron al Presidente Piñera

Cuando el último de los mineros chilenos rescatados de las entrañas de la tierra abrazó al Presidente Piñera el 13 de octubre, el prestigio de éste había ya alcanzado su cenit, después de subir al ritmo de cada metro que en profundidad avanzaba la máquina que horadaba las rocas en busca de aquéllos.
Sebastián Piñera no esperó a que el dueño y responsable de la explotación criminal de los mineros de San José Atacama aflojara los 10 o 15 millones de dólares que costaría el rescate, utilizando la nás avanzada tecnología en esa materia. Dispuso de esos recursos sin que se sepa que ese adelanto haya molestado al dueño de la mina. En México, el milagroso rescate ha provocado júbilo y una inevitable comparación con la miserable conducta del entonces Presidente Fox y su Ministro del Trabajo Francisco Javier Salazar, coludidos con Germán Larrea Mota Velazco, explotador de minas y mineros, ante la tragedia de Pasta de Conchos que costó la vida a 65 trabajadores. Nunca se sabrá si fueron enterrados vivos, porque desde el primer momento hasta la fecha, los dieron por muertos, no solo negando todo intento de rescate, sino impidiendo a sus familiares y voluntarios los esfuerzos de rescate.
Sin embargo, la exitosa intervención del Presidente chileno en este rescate ha opacado por completo las críticas que en su país y a nivel internacional iba ganando la denuncia de la lucha histórica de los indígenas mapuches contra la política represiva y discriminatoria del gobierno chileno, continuador en este sentido de la política de sus antecesores.
Desde mediados de julio, antes del derrumbe que sepultó a los mineros y un mes antes de que se supiera que éstos se conservaban con vida, mapuches presos en varias cárceles de Chile se declararon en huelga de hambre para protestar contra la aplicación de leyes del tiempo de Pinochet que el gobierno chileno seguía aplicando para llamarlos terroristas por reclamar sus tierras arrebatadas por los poderosos.
32 presos declararon ser torturados con métodos copiados de la prisión de Guantánamo, además de ser humillados y discriminados por su condición de indígenas.
Ya en los años sucesivos del 2006 al 2009 habían protestado en la misma forma sin obtener concesión alguna del gobierno de Michelet, mientras compañeros suyos eran reprimidos y asesinados en intentos de tomas de tierras. Amnistía Internacional los reconoció como Presos de Conciencia y el propio gobierno de Piñera tuvo que aceptar que no podían segur aplicándose contra ellos las leyes de la dictadura militar.
Los grandes medios informativos ocultaron toda referencia a la resistencia de este heroico pueblo, mientras volcaron toda su atención hacia el rescate de los mineros. En tanto, los presos rebasaron los dos meses de huelga de hambre, poniendo en grave riesgo sus vidas. Con unos cuantos acuerdos favorables y encerrados tras muros de silencio, decidieron levantar la huelga de hambre. Cuando el más veterano de los mineros y último en salir de las profundidades de la tierra, el ya legendario Luiz Urquiza cantaba con Piñera el Himno nacional chileno, otro Luis, el casi anónimo Luis Marileo, menor de edad y el más joven de los presos, era el último en abandonar la huelga de hambre, no su lucha.
De Piñera se dice que es la nueva estrella latinoamericana por el brillante rescate de los mineros. Lo que no se dice es que los mineros también rescataron a Piñera, cuando la huelga de hambre de los indígenas mapuches quedó sepultada por los medios.

¡Solidaridad con la Radio Proletaria de Chiapas!

En violento operativo cierran la emisora comunitaria Radio Proletaria, en Chiapas México
Organizaciones denuncian violaciones a los derechos humanos en el proceso

Este martes 12 de octubre aproximadamente a las 19:30, un grupo de 25 a 30 personas encapuchadas y con armas largas llegaron en cuatro camionetas Ranger a las instalaciones de la Organización Popular Emiliano Zapata (OPEZ) ubicada en la avenida La Cascada y Privada Nochebuena de la colonia 12 de Noviembre, al norte de la capital del estado de Chiapas.
El grupo, integrado por miembros de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) y la Unidad Especial de la Policía Sectorial del estado de Chiapas, ingresó de forma arbitraria y con uso excesivo de la fuerza a las instalaciones de la OPEZ donde se encuentra la Radio Proletaria. Los funcionarios no se identificaron ni presentaron diligencia alguna que fundara y motivara el ingreso a las instalaciones de la radio.
El operativo duró hasta las 21:30 horas aproximadamente. Durante el mismo, los funcionarios del estado se llevaron todo lo que había en la radio, incluyendo los equipos que utiliza para transmitir y una antena. Posteriormente detuvieron a seis personas, entre ellas a Vicente Antunar Pablo y Salvador Saavedra, integrantes de OPEZ, así como a Carlos Martínez Ruíz de 14 años de edad quien participaba en la radio. Los detenidos fueron trasladados inicialmente a las instalaciones de la PGJE, posteriormente dos de ellos fueron liberados.
El menor Carlos Martínez estuvo desaparecido alrededor de 12 horas, sin posibilidades de contactar a sus padres hasta un día después. Durante su detención le informaron que estaba acusado de robo; sin embargo, todo el interrogatorio giró en torno a las actividades que realiza la radio y sus integrantes. Fue sacado de las instalaciones de la PGJE en una camioneta para que señalara el domicilio de tres integrantes de la radio. Tras ser llevado al Tutelar de Menores fue liberado hasta las 21:30 horas del miércoles 13 de agosto.
Estos hechos estuvieron plagados de violaciones a los derechos humanos y constituyen un atentado a la libertad de expresión por parte de las autoridades estatales chiapanecas puesto que incurrieron en abusos graves tales como allanamiento de morada y uso indebido de la fuerza pública para silenciar una radio comunitaria. La utilización abusiva del derecho penal como una forma de amedrentar a integrantes de la radio significa la criminalización de su labor periodística.
La Radio Proletaria inició hace cuatro años a fin de trabajar en favor de los derechos humanos de la comunidad. Es un proyecto operado y construido primordialmente por jóvenes habitantes de la colonia 12 de noviembre de la capital chiapaneca, quienes han encontrado en la radio un espacio para encontrarse, crear otros horizontes de vida y construir formas distintas de relacionarse con su comunidad a través del ejercicio del derecho a la libertad de expresión. La Radio Proletaria es una radio comunitaria integrante de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias de México (AMARC).
Con estos hechos el Estado mexicano incumple con sus obligaciones internacionales de derechos humanos al criminalizar a integrantes de una radio comunitaria a través de las autoridades del estado de Chiapas.
Por lo anterior, las organizaciones firmantes hacemos un llamado al Estado mexicano a fin de que cese de inmediato en Chiapas todos los ataques a los medios de comunicación y personas que llevan a cabo una labor social; realice una investigación seria, expedita e imparcial para identificar a los responsables de las violaciones a los Derechos Humanos y en su caso se les sancione; y devuelvan a la radio de manera inmediata los objetos y aparatos que fueron sustraídos.

Organizaciones firmantes:

Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC ALC)
Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos)
Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas A.C.
Red Nacional de Organizaciones Civiles “Todos los Derechos para Todos y Todas”
Radio Tierra y Libertad, la Radio comunitaria en Monterrey, integrante de AMARC-México, se solidariza en todos los puntos con esta denuncia.

miércoles, 6 de octubre de 2010

El Estado mexicano, responsable de tortura y violación sexual de Inés y Valentina: CoIDH

Por defender a dos mujeres indígenas violadas por elementos del Ejército Mexicano, la Organización del Pueblo Indígena Me’phaa (OPIM) fue agredida, dos de sus dirigentes tuvieron que desterrarse; cinco integrantes fueron encarcelados injustamente; el hermano de una de las mujeres violadas fue asesinado y pasaron ocho años y medio para que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) sentenciara:
La CoIDH reconoce públicamente la palabra de las mujeres me´phaa que fueron violadas, torturadas y amenazadas por militares e ignoradas y burladas por el Estado.
* El Estado mexicano deberá reparar íntegramente y con prontitud los daños ocasionados e investigar y castigar a los responsables en la justicia civil.
• Los fallos responsabilizan al Estado de que las sentencias no detonen nuevas represalias.

Tlapa de Comonfort, a 1 de octubre de 2010.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) notificó esta tarde las dos sentencias en las que condena al Estado mexicano por las violaciones sexuales que las indígenas me´phaa Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú sufrieron en 2002. En ella señala que el Estado debe reparar los daños íntegramente, garantizar la seguridad futura de Inés y Valentina, castigar a los responsables en la justicia civil y adecuar la legislación y práctica interna en torno a los tratados internacionales para que lo ocurrido a Inés y Valentina no vuelva a suceder.
Las sentencias que hoy se notificaron son primordialmente un reconocimiento a la búsqueda de justicia de las mujeres indígenas me´phaa Inés Fernández y Valentina Rosendo. Las sentencias reconocen como hecho incontrovertible que Inés y Valentina fueron violadas sexualmente y torturadas por soldados del Ejército mexicano Estado mexicano en las comunidades de Barranca Bejuco y Barranca Tecuani, ubicadas en el municipio de Ayutla de Los Libres, en la Costa-Montaña de Guerrero y que el Estado mexicano les negó la justicia. La posición del Estado en este litigio había sido la de negar la violencia sufrida por las víctimas y, con ello, poner en entredicho la veracidad de su testimonio.
Ambas sentencias establecen que, al no procurar justicia y garantizar la impunidad de los responsables el Estado es directamente responsable de haber violado el derecho a una vida libre de violencia; a no ser torturada; a la integridad personal de los familiares de las víctimas; a la protección de la dignidad y la vida privada; a las garantías judiciales y a la protección judicial. También ha incumplido con la obligación de adecuar la ley interna con los tratados internacionales. De acuerdo con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, las sentencias son definitivas y no pueden ser impugnadas por el Estado.
Las sentencias señalan que el Estado debe reparar el daño integralmente, involucrando a los tres niveles de gobierno y a los tres poderes, de tal forma que la voz de las víctimas sea escuchada. Fundamentalmente, las medidas ordenadas por la Corte se relacionan con: la investigación eficaz de las violaciones sexuales y el procesamiento de los militares responsables en la justicia civil, en condiciones de seguridad para las víctimas; realización de procedimientos disciplinarios para los funcionarios que, con su negligencia, obstaculizaron el avance de las investigaciones; la reparación material del daño; y, la garantía de que hechos similares no vuelvan a suceder a otras mujeres, provisión de servicios médicos adecuados para mujeres víctimas de violencia sexual; la continuación en la estandarización de un protocolo de actuación respecto de la atención e investigación de violaciones sexuales; y la capacitación de funcionarios.
La Corte también ha fijado como medidas de satisfacción para las víctimas la publicación de las partes pertinentes de la sentencia (en español y me’phaa), el reconocimiento público de responsabilidad llevado a cabo por las más altas autoridades federales y estatales y la provisión de atención médica y psicológica a ellas y a sus familiares.
De igual manera, la Corte reconoce la importancia del rol que Inés y Valentina jugaban en su comunidad y la afectación a la misma a partir de los hechos. Por ello, ha ordenado el establecimiento de un centro comunitario para la mujer, en el que se desarrollen actividades de promoción de los derechos humanos y derechos de la mujer.
Los casos de Inés y Valentina son paradigmáticos pues tocan puntos nodales sobre la situación actual de los derechos humanos en México: los abusos ocasionados por la militarización de la vida pública; la falta de acceso a la justicia para las mujeres y los obstáculos y amenazas que enfrentan las y los defensores de los derechos de los pueblos indígenas. En las condiciones más adversas y a pesar de las amenazas que han sufrido, Inés y Valentina perseveraron en denuncia por lo ocurrido durante más de ocho años.
Entre las medidas, cuya adopción contribuirá a que ninguna mujer vuelva a experimentar lo vivido por Inés y Valentina, la CoIDH reiteró la orden de reformar al sistema de justicia militar para acotar el fuero; el fortalecimiento de las capacidades de las instancias de atención integral de la violencia de género en Guerrero y el reforzamiento de los servicios médicos para mujeres víctimas.
Para las víctimas es prioritario que el cumplimiento de estas medidas no les genere nuevos riesgos. Estos temores se fundan en que las sentencias, además de fincar responsabilidad al Estado, ordenan una investigación que deberá traducirse en la captura, procesamiento y sanción de los militares responsables. Frente a este escenario, demandamos que el Estado asuma la responsabilidad de asegurar que Inés y Valentina puedan reconstruir su proyecto de vida y puedan vivir con tranquilidad.
El Estado mexicano está obligado a cumplir íntegramente las sentencias. En este sentido, preocupa que en casos similares (casos Rosendo Radilla y Campo Algodonero) esta obligación ha sido ignorada. Ello es aún más importante en tanto que los casos denunciados evidencian una exclusión histórica en el estado de Guerrero, así como problemáticas estructurales de violencia contra las mujeres y, sobre todo, la insistencia en el juzgamiento de delitos relacionados con violaciones de derechos humanos por la jurisdicción militar.
Por tanto, demandamos que en lo inmediato se implementen acciones concretas que muestren que las resoluciones se cumplirán con seriedad. Sólo una respuesta eficaz y responsable evidenciará el compromiso del Estado de que estos hechos no se repitan y, sobre todo, estará a la altura de la prolongada y tortuosa búsqueda de justicia de Inés y Valentina y paliará, en la medida en ello sea posible, el inmenso daño que el Estado mexicano les causó.

Antecedentes sobre los casos
El 16 de febrero del 2002, Valentina, de 17 años de edad, fue abordada por ocho soldados del 41 Batallón de Infantería mientras se encontraba lavando en un arroyo Barranca Bejuco. Los soldados le preguntaron por el paradero de hombres “encapuchados”. Cuando respondió que no conocía a ninguno, le apuntaron con sus armas y la amenazaron. Un soldado golpeó a Valentina; otro le jaló el pelo mientras la seguía interrogando. Finalmente, ante la mirada del resto de los soldados, dos de ellos la violaron sexualmente.
Veintinueve días después, el 22 de marzo de 2002, Inés Fernández Ortega, de 25 años de edad, también fue atacada cuando se encontraba en su cocina mientras sus cuatros hijos e hijas jugaban en el cuarto contiguo. Once militares se presentaron en su casa, ubicada en Barranca Tecuani. Tres de ellos entraron a la cocina mientras apuntaban a Inés con sus armas y la interrogaban sobre su marido, integrante de la Organización del Pueblo Indígena Me’phaa (OPIM). La obligaron a tirarse al suelo y un militar se puso encima de ella violándola sexualmente.
Rompiendo el silencio y con el apoyo de la OPIM, Inés y Valentina denunciaron lo ocurrido. Para informar sobre lo ocurrido al Ministerio Público del fuero común caminaron más de ocho horas. Pero lejos de encontrar justicia, sus casos fueron turnados al fuero militar. A pesar de que ambas presentaron amparos solicitando a las autoridades militares que declinen la competencia de su caso, este les fue negado. En el caso de Inés, además, el Ministerio Público perdió negligentemente pruebas fundamentales.
Inés y Valentina determinaron acudir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Después de 4 años de análisis de sus casos, el 12 de octubre de 2007, fueron escuchadas en una Audiencia pública. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un informe que nunca fue acatado por el Estado mexicano. Por eso, los casos fueron turnados a la CoIDH. Durante este tiempo, Inés y Valentina, así como sus familiares, comunidades y abogados fueron amenazadas reiteradamente para que desistieran de su demanda. Particularmente, la OPIM fue agredida con ese fin y dos de sus dirigentes, Obtilia Eugenio Manuel Y Cuahutemoc Ramírez Rodríguez, tuvieron que dejar el estado; otros cinco integrantes fueron encarcelados injustamente; y Lorenzo Fernández Ortega, integrante de la organización y hermano de Inés, fue asesinado.
La CoIDH reconoció esta situación de peligro y emitió medidas provisionales para Inés Fernández y un total de 107 defensores de derechos humanos en Guerrero el 9 de abril de 2009. La CoIDH también emitió medidas provisionales para Valentina y su hija en febrero de 2010. A pesar de encontrarse en riesgo su vida, el 15 de abril de este 2010, Inés Fernández Ortega sentó en el banquillo de los acusados al Estado mexicano. El 28 de mayo lo hizo Valentina Rosendo.
Las sentencias notificadas el día de hoy reconocen su búsqueda de justicia Se trata de la cuarta y quinta sentencia dictada contra el Estado Mexicano por la CoIDH. Las anteriores permanecen con un saldo de incumplimiento grave. Por ello, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Organización del Pueblo Indígena Me´phaa (OPIM) y el Centro de Derechos Humanos Tlachinollan, exigen que la sentencia sea cumplida en todos sus extremos.
Tomado de la Red de Derechos Humanos para Todos y Todas. Octubre 1 de 2010.